Esto no va de 'denuncia', sino de didáctica, para explicarles una infracción legal habitual en materia de datos personales y una posible vía para darle solución.
Hoy fui a las oficinas ubicada en la Gran Torre Costanera (“Office Hub Costanera”) y me dejaron pasar, diciéndome que ya tenían mis datos personales desde una anterior visita ocurrida hace semanas.
Por supuesto que ello es completamente ILEGAL, dado que para tratar datos personales, y aplicando las reglas generales de la actual ley 19.628 (y también de la futura), debes tener el consentimient del titular de los datos o una autorización legal. Y el Office Hub Costanera no tiene nada de eso, pero con la legislación vigente les sale gratis la vulneración de derechos fundamentales.
¿Cómo soluciona esto el edificio (consejo válido para cualquier edificio)? Fácil: pidiéndole a las personas, al ingreso, el consentimiento para tratar sus datos personales, pero deben declararle inequívocamente la finalidad, que más que probablemente es la seguridad de las personas y los bienes que transitan por el edificio
Entonces, idealmente, al terminar el día y apagarse las luces, la finalidad desaparece: la persona ya no está en el edificio y no han ocurrido incidentes; en consecuencia, como el riesgo ha desaparecido y las personas no se encuentra allí, también se esfuma la legitimidad para el tratamiento de datos: deben ser ELIMINADOS completamente.
Luego, a la mañana siguiente, empieza un nuevo día. Y el ciclo se repite.
Con la nueva ley de protección de datos este error de diseño les puede costar, como primera multa hasta $6,5 millones, pero si no lo solucionan en un tiempo razonable, ello se multiplicará por mucho.
Ojalá lo tengan en cuenta y rediseñen sus procedimientos de ingreso/salida no sólo este edificio, sino que todos los que funcionan de manera similar.
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