Tortura en el Hospital San José de Osorno, un caso digno de un Chile de antología sorprende que casos como estos ocurran en el chile de hoy, si bien los sucesos se produjeron entre el 2018 y 2020 no deja de llamar la atención que en nuestros tiempos existan personas que se crean con el poder y la impunidad de realizar actos de torturas y vejámenes.
Lo primero es que resulta imperioso revisar la responsabilidad del hospital de Osorno y de sus directivos, porque se menciona que se hizo un sumario y pese a eso no hubo sanciones.
Es vergonzoso lo que ocurre en el Hospital, además una cosa es la responsabilidad administrativa de los funcionarios y otra muy distinta es la responsabilidad penal, los funcionarios públicos tienen la obligación legal de denunciar cualquier delito del que conozcan en sus funciones dentro de 24 horas según el artículo 176 del Código Procesal Penal.
Por lo tanto, los directivos tienen que dar explicaciones y responder, lo mínimo es que se inicien sumarios administrativos de oficios en su contra, seguidamente de su responsabilidad penal como encubridores de tales hechos; por eso resulta esperanzador la investigación de oficio que inició el Ministerio Público debido a los videos que se hicieron virales.
Respecto de los funcionarios que ejecutaron tales actos de tortura, porque no tienen otra calificación, ya que esto no es acoso, estamos en presencia de delitos graves. El artículo 150 letra A del Código Penal, tipifica la tortura como: “Todo acto por el cual se inflija intencionalmente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos, sexuales o psíquicos “…” o en razón de una discriminación fundada en motivos tales como la ideología, la opinión política, la religión o creencias de la víctima; la nación, la raza, la etnia o el grupo social al que pertenezca; el sexo, la orientación sexual, la identidad de género, la edad, la filiación, la apariencia personal, el estado de salud o la situación de discapacidad.
Delito que se castiga con 5 años y un día como mínimo, es la oportunidad para que el Instituto de Derechos Humanos se querelle y busque una condena ejemplar que disuada a toda persona de realizar tales actos que son intolerables en un Estado de Derecho; Como sociedad debemos consensuar y trabajar para que actos de esta índole no se repitan.
Finalmente resulta muy necesario educar a los funcionarios públicos en cuanto a sus obligaciones y deberes, la función pública no es solo exigir derechos; Llevo un par de años realizando capacitaciones en el sector público sobre estatuto administrativo y me sorprende que personas con una larga trayectoria, desconocen sus derechos y ni que decir de sus obligaciones y prohibiciones funcionarias.
Les aseguro que muchas personas sabiendo de estos hechos no denunciaron por temor a las represalias de su jefatura una vez hecha la denuncia, y aquí tenemos dos lecturas; en casos así no puede estar primero la seguridad laboral sobre la violación de los Derechos Humanos, y segundo, la jefatura no puede seguir pretendiendo que tienen el poder para ocultar tales hechos, siguiendo como si nada hubiera pasado, pensando que ocultar tales hechos es la solución.
Necesitamos jefaturas que apliquen la ley, pasa lo mismo con la Ley Karin, víctimas amedrentadas, empujadas al silencio y a tolerar vulneraciones graves a sus derechos, por eso el llamado es a denunciar y no encubrir hechos de tales características, de lo contrario seguiremos viendo este tipo de noticias.
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