El jueves 6 de abril de 2017 el Segundo Juzgado Civil de Concepción acogió la demanda de indemnización de perjuicios y condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización total de Mil seiscientos millones de Pesos a familiares de las víctimasde del accidente sobre el Puente Quelén Quelén en noviembre de 2016.
La indemnización es para familiares de las 18 víctimas que resultaron fallecidas y al sobreviviente que quedó con secuelas de por vida, del accidente de tránsito registrado en noviembre de 2006, en el acceso del puente Quelén Quelén, sobre el río Tucapel, en la provincia de Arauco.
En el fallo (causa rol 8.368-2010 y acumuladas), el magistrado Adolfo Depolo Cabrera acogió la demanda civil de indemnización de perjuicios por daño moral, ordenando pagar la suma de $50.000.000 (cincuenta millones de pesos) a la víctima Johan Parra Altamirano, quien sobrevivió al accidente.
En tanto, recibirán $30.000.000 (treinta millones de pesos) cada uno de los siguientes familiares de los fallecidos: Hortensia Chávez Bastías, Juan Cárdenas Moreira, Silvia Garnica Gallardo, Hortensia Narváez Cortés, Flor Sepúlveda Canales, Elisabeth Vásquez Bustos, Ruth Millán Suazo, Nora Opazo Fuentes, Sergio Sanhueza Opazo, Exequiel Reyes Poblete, Agustina Aguayo Zapata, Norma Jara Sandoval, Rosarina Urra Peña, José Mercedes Vega, Milton Valenzuela Cid, Mirna Fica Monsalve, Sergio del Carmen Bustamente, María del Tránsito Zapata Burgos, Juan Enrique Macaya Zapata, René Esteban Macaya Zapata, Roberto del Tránsito Correa Zapata, María Inés Cáceres Sepúlveda y Ana Alicia Altamirano Rodríguez.
Y $20.000.000 (veinte millones de pesos) cada uno de los siguientes demandantes: Miguel Ángel Vergara Muñoz, Carlos Brito Boereboom, Miriam Cabrera Chávez, Rosa Gallegos Chávez, Margarita Gallegos Chávez, Miguel Ángel Vergara Sepúlveda, José Vergara Sepúlveda, Pamela Vergara Sepúlveda, Jesús Vergara Sepúlveda, Marcia Vergara Sepúlveda, Katherine Vergara Sepúlveda, Diego Conejeros Millán, Rodrigo Conejeros Millán, Lissette Sanhueza Opazo, Rose Marie Sanhueza Opazo, Analía Reyes Aguayo, Eduardo Valenzuela Fica, Cristián Valenzuela Fica, Silvana Alfaro Sanhueza, Fabián Cárdenas Alfaro, Giovanni Cárdenas Alfaro, Lorena Urbina Gutiérrez, Karina Aguilera Urbina, Alejandro Aguilera Urbina, Silvia Ruiz Rivas, Ninoska Rocha Ruiz, Mackarena Rocha Ruiz, Sara Pinilla Riquelme, Darién Reyes Pinilla, Nelly Seguel Luengo, Catalina Conejero Seguel, Daniela Conejero Seguel, Paola Saavedra Saavedra, Javier Correa Saavedra, Luz Orellana Hernández, Marianne Mora Orellana, Víctor Mora Orellana, Margarita Kittsteiner Yáñez, Camilo Vega Kittsteiner, Fabiola Vega Kittsteiner, Sara Olguín Silva, Catalina Coliñir Olguín y Constanza Bustamante Contreras.
"(…) Que, apreciado el peritaje de autos conforme a las reglas de la sana crítica y existiendo un mayor número de antecedentes probatorios en sentido concurrente a aquel, es que se descartará como causa basal del accidente la determinada por la S.I.A.T. de Carabineros, debiendo en consecuencia rechazarse la alegación del Fisco que sindica como causa única y exclusiva del accidente sub lite el ingreso del bus a 110 km/h al desarrollo de una curva descendente, superando la velocidad crítica de ésta, perdiendo el control y maniobrabilidad del móvil", consigna el fallo.
La resolución agrega que: "(…) es probable que la pérdida de control del bus se haya generado como resultado de la existencia simultánea de diferentes factores contribuyentes (…) a ello debe añadirse que las consecuencias, esto es, la severidad del accidente en que mueren 18 personas, se debe al deficiente sistema de contención vial (…) Se debe entonces distinguir que la causa del accidente se debe a condiciones geométricas y operativas, pero el agravamiento de las consecuencias del accidente se deben a una falla del sistema de contención vial".
(…) al día del accidente la ruta P-60-R, en el sector de acceso al puente, era insegura y apta para producir accidentes carreteros, como el ocurrido en la especie", concluye.
Fallo que dio por establecido que alrededor de las 11.30 horas del 12 de noviembre de 2006, "(…) en condiciones de lluvia, tuvo lugar un accidente de tránsito en la Ruta P-60-R, a la altura del acceso al puente Quelén Quelén en dirección sur, de Concepción a Cañete, en el cual la Banda Instrumental del Regimiento Reforzado N° 7 Chacabuco de Concepción, que se dirigía a Cañete transportada por el bus placa patente XN-2778 de la Empresa de Servicios Hualpén Ltda. conducido por Juan Macaya Zambrano, se salió de la calzada en el acceso norte del puente, traspasando la barrera de contención y las barandas del puente e impactando uno de los muros de los contrafuertes del antiguo puente, para finalmente sumergirse en el Río Tucapel".
Accidente en el que perdieron la vida: Roy Reyes Chávez, Álex Cárdenas Garnica, Carlos Aguilera Ceballos, Wilfredo Rocha Narváez, Cristián Guzmán Sepúlveda, Cristián Aravena Vásquez, Cristián Conejeros Millán, Cristián Sanhueza Opazo, Jonathan Reyes Aguayo, Alejandro Conejero Ibarra, Roberto Correa Cáceres, Víctor Mora Jara, Rigoberto Vega Urra, Milton Valenzuela Fica, Waldo Coliñir Alvial, Miguel Bustamante Cordero, Roberto Javier Correa Cáceres y Juan Enrique Macaya Zambrano (conductor). En tanto, Johan Parra Altamirano quedó con secuelas de por vida.
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Fuente:
Paolo Macchiavello C.
Periodista
Dirección de Comunicaciones del Poder Judicial
Corte de Apelaciones de Concepción
pemacchiavello@pjud.cl
Fotos: www.revistanos.cl
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