Con un saludo protocolar y de buena convivencia, el Alcalde de Contulmo junto a su equipo de colaboradores; saluda muy Cordialmente y en forma personal a todos los asistentes de la Educación de la Comuna Lacustre de Contulmo, manifestando que este es un día muy importante para todo el equipo de trabajadores en que se reúnen para compartir.
Como Alcalde y Municipalidad hemos ido reconociendo el trabajo de ellos; Los asistentes de la Educación, con hechos concretos tal como el tema de sus remuneraciones y seguiremos en ese mismo camino. Siempre estoy y estamos para mejorar las condiciones de vida y trabajo de nuestros funcionarios, pues también se valora el buen trabajo señalo el alcalde de Contulmo.
Un poco de Historia:
La ley 19.464, en su Artículo 2, considera como asistentes de la Educación a aquel personal de los establecimientos educacionales administrados directamente por las Municipalidades, o por Corporaciones Privadas sin fines de lucro creadas por éstas para administrar la educación Municipal, al de los establecimientos de educación particular subvencionada y al regido por el decreto Ley Numero 3.166, de 1980,que realice al menos funciones tal como:
a) De carácter profesional, que es aquella que realizan los profesionales no afectos a la ley N° 19.070 (Estatuto Docente), para cuyo desempeño deberán contar con un título de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocidos por éste;
b) De paradocencia, que es aquella de nivel técnico, complementaria a la labor educativa, dirigida a desarrollar, apoyar y controlar el proceso de enseñanza-aprendizaje, incluyendo las labores de apoyo administrativo necesarias para la administración y funcionamiento de los establecimientos. Para el ejercicio de esta función deberán contar con licencia media y, en su caso, con un título de nivel técnico otorgado por un establecimiento de educación media técnico-profesional o por una institución de educación superior reconocida oficialmente por el Estado, y
c) De servicios auxiliares, que es aquella que corresponde a las labores de cuidado, protección, mantención y limpieza de los establecimientos, excluidas aquellas que requieran de conocimientos técnicos específicos. Para el desempeño de estas funciones se deberá contar con licencia de educación media.
El Alcalde de La Comuna se adhiere con el mejor de los reconocimientos, a los esforzados trabajadores de la Educación a quienes desea éxito y prosperidad en su noble y abnegada labor en que se desempeñan.
*** SIN COMENTARIOS INGRESADOS***