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COMPRENDER LA LEY TEA: HACIA UN CHILE MÁS INCLUSIVO

  • Miércoles 15 de Marzo de 2023
  • Autor Columnista esporádico
  • 0
  • 1123 / Seccion: Educación

La promulgación de la Ley 21.454 que establece la promoción de la inclusión, la atención integral y la protección de los derechos de las personas con trastorno del espectro autista en el ámbito social, de salud y educación supone un gran paso en el camino hacia la construcción de contextos inclusivos, que brindan oportunidades a todos y todas quienes los componen. En específico, esta ley explicita y visibiliza las necesidades, demandas y realidades de personas con TEA o en condición del espectro autista, sus familias y/o cuidadores, no es una ley que les discrimina o segrega para alejarles de las y los neurotípicos, por el contrario, es una ley necesaria para avanzar y disminuir las brechas producto de la ausencia de apoyos pertinentes y la falta de reconocimiento desde un enfoque de derecho hacia la comunidad de personas con TEA y sus familias.

Aspectos destacables de la ley son la explicitación del derecho a la igualdad de oportunidades y el resguardo de los procesos de inclusión social en todo el ciclo vital, eliminando la discriminación y promoviendo el abordaje integral en ámbitos sociales, sanitarios y educativos, asumiendo el compromiso de la concientización social sobre el tema, no sólo en espacios en que se desenvuelvan personas con dicha condición. Esta ley también conceptualiza quién es una persona con TEA y una persona cuidadora de una persona con TEA, así como también aclara el proceso de diagnóstico y certificación de situación de discapacidad según la ley 20.422 en los casos que corresponda.

Algo destacable es la existencia de 8 principios que deben respetarse en la aplicación de la ley: trato digno, autonomía progresiva, perspectiva de género, intersectorialidad, participación y diálogo social, neurodiversidad, detección temprana y seguimiento continuo. Todo ello pone en la mesa obligación de accesibilidad cognitiva de los entornos, accesibilidad y pertinencia en y para la comunicación, respeto de las individualidades y contextos propios. También potenciación del trabajo entre diversos órganos del Estado, aseguramiento de un rol activo y protagónico de personas con TEA y sus organizaciones en procesos vinculados a políticas públicas, además de relevar la importancia del diagnóstico temprano y seguimiento. Es así como ya no deberíamos saber de la existencia de familias que se sientan desesperadas, desorientadas o solas, menos aún si se considera que esta ley establece incluso los mecanismos de acción ante discriminación arbitraria.

Al leer la ley emociona encontrarse con conceptos como el de disminuir y eliminar barreras para el aprendizaje, la participación y la socialización, ya que esto devela el enfoque inclusivo, que no sitúa las barreras en las personas con TEA, sino en una sociedad que necesita cambiar, prepararse y actuar de forma respetuosa con todos y todas. El estado incluso deberá impulsar la investigación científica, campañas de concientización, velar por la provisión de servicios de apoyo, incorporar el TEA en estudios poblacionales pertinentes y fomentar la accesibilidad universal a la información. Un gran desafío estará en la promoción de los derechos sexuales y reproductivos, sobre todo si pensamos que ese es aún un gran tema pendiente como país, situación que aún media posturas extremas sin consenso.

Los servicios de salud tienen que asegurar los derechos a atención de salud mental, específica, pertinente y oportuna de las y los beneficiarios de la ley, sumado a una atención con trato digno en toda área sanitaria. Sumado a ello, las instituciones educativas deben responder más allá del aseguramiento al acceso sin discriminación, puntualmente deberán asegurar la participación, permanencia y promoción de las y los estudiantes con TEA, lo que implica que será la comunidad educativa la que deberá prepararse, capacitarse y constituirse en un espacio inclusivo, libre de discriminación y violencia, por lo tanto, el nuevo desafío para los liderazgos será convocar, invitar y motivar a sus equipos a la actualización técnica y la disposición al cambio de paradigma .

No debemos olvidar que no basta con promulgar esta ley, es necesario conocerla y brindar las condiciones para su implementación; no es una ley para algunos y algunas, es una ley que nos involucra a todos y todas, una ley que nos compromete en la construcción de un país más equitativo, más respetuoso e inclusivo, todo lo cual no es enriquece y hace un mejor país.


 

Sandra Urra Águila
Directora Psicopedagogía
Universidad Andrés Bello

sede Concepción

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