El Servicio Electoral acepta y autoriza nuestras tarifas para la contratación de los servicios de emisión de propaganda electoral, para el Plebiscito Constitucional del 4 septiembre 2022.
Las tarifas informadas deben ser publicadas en el sitio web de su medio, de conformidad al inciso 6 del artículo 30 de la Ley N° 18.700 Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios.
El Director responsable de un órgano de prensa o radioemisora que publiquen o emitan propaganda electoral sin haber enviado su informe tarifario al Servel, dentro de los plazos indicados, se exponen a la aplicación de multas de 10 a 200 UTM, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 136 de la Ley N°18.700. Igual sanción se aplicará a la empresa propietaria o concesionaria del respectivo medio de difusión.
Más abajo las tarifas para esta ocasión.
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