•  LANALHUE  NOTICIAS 
  • Periódico Ciudadano, Digital y Provincial
  • Provincia de Arauco, Biobío - CHILE
  • Lunes 19 de Mayo de 2025
  •     
  • Por Asociados
    • Munic. Los Álamos (2982)
    • Municipalidad de Cañete (1223)
    • Municipalidad de Lebu (754)
    • Empresa Arauco (560)
    • CMPC Celulosa (359)
    • _ 14 Asociados más...
  • Por Autores
    • Municipalidad Lebu (738)
    • Empresa ARAUCO (550)
    • Municipalidad Arauco (508)
    • Arturo Godoy Carilao (402)
    • CMPC Celulosa (356)
    • _ 120 Otros autores...
  • Por Secciones
    • Municipalidad de Curanilahue (731)
    • Gobierno (601)
    • Política (519)
    • Municipalidad de Arauco (505)
    • Economía (466)
    • _ 91 secciones más...
  • Por Categorías
    • Comunicados (12174)
    • Editorial (952)
    • Columna Personal (776)
    • Artículos (572)
    • Destacado (484)
    • _ 8 categorías más...
  • Comunas
    • Arauco (1334)
    • Curanilahue (971)
    • Los Álamos (3167)
    • Lebu (1385)
    • Cañete (3193)
    • Contulmo (297)
    • Tirúa (193)
  • Lectores
    • Reclamos Ciudadanos
    • Comentarios en Notas
    • Libro de Visitas
  • Columnistas
    • Columnista esporádico (151)
    • Francisco Flores Olave (64)
    • Mario Galvani Aravena (64)
    • Juana Salazar (61)
    • Ricardo Altamirano (58)
    • _ 60 + columnistas...
  • Avisos Legales
    • Derechos de Agua (A. Legal) (177)
    • Tesorería Prov. Lebu (A. Legal) (157)
    • Citación Judicial (A.Legal) (10)
    • Avisos Legales (varias categ.) (7)
    • Demanda Alimentos (Aviso legal) (3)
    • _ 6 categorías más...

FALSIFICAR LOS PERMISOS DE COMISARÍA VIRTUAL NO ES DELITO

  • Miércoles 16 de Febrero de 2022
  • Autor Carlos Reusser
  • 0
  • 962 / Seccion: Legislación

Antes que adelanten conclusiones sobre el contenido de esta columna o las intenciones del autor, les daré el contexto:

A un ciudadano se le ha acusado de uso malicioso de instrumento público falso, concretamente por la utilización en época de cuarentena de un permiso temporal falsificado, de esos que entregaba Comisaría Virtual para los efectos de circular por lugares restringidos por la autoridad sanitaria.

Tras los respectivos procedimientos, el Tribunal Oral en lo Penal que conoció el caso, aun cuando verificó que los hechos eran efectivos, le absolvió, no porque el supuesto delincuente le pareciera un modelo de virtudes cívicas, sino porque entendió que el documento que Comisaría Virtual entrega por Internet, en realidad no es un instrumento público.

En esta parte quiero que tengan presente, porque es del todo relevante para comprender el caso, que ha sido una larga y sangrienta lucha el que no sean admisibles en juicio las confesiones obtenidas bajo tortura, que no te juzguen tribunales especialmente creados para ti, y que las instituciones del Estado no puedan ir por la vida inventando, a su arbitrio, delitos.

De hecho, el Código Penal tiene una definición de delito que dice que es una acción tipificada, es decir, que se trata de un hecho descrito en un tipo penal del estilo “el que mate a otro, tendrá tal pena”. Y si algo no está tipificado, sencillamente no es delito, por muy oprobiosa que le parezca esa conducta a la sociedad: siempre se requiere de una ley previa a los hechos.

Volviendo al caso: el art. 194 del Código Penal dice que el particular que adulterare un documento público o auténtico, sufrirá la pena de presidio menor en sus grados medio a máximo, lo que, contando en plata, significa presidio que va desde 541 días a 3 años y un día y, en su tramo máximo, va desde 819 a 1.095 días. No es poca cosa.

Y, como ya dije, en esta causa el Tribunal Oral en lo Penal le absolvió, por considerar que los documentos de permiso que extiende <www.comisariavirtual.cl> no son instrumentos públicos. Y la Fiscalía, disconforme con la decisión, recurrió a la Corte de Apelaciones de Antofagasta, que estimó que sí era un instrumento público, por lo que anuló el juicio y ordenó repetirlo.

Ahora, el quid del asunto es saber si el permiso que extiende la Comisaría Virtual es un instrumento público o no, pues eso hace la diferencia sobre si la persona vuelve en libertad a su casa, para infectarse de COVID como todo el mundo, o se infecta en la cárcel junto a sus cariñosos compañeros de celda. Suenan como alternativas similares, pero hay un abismo de diferencia entre una y otra alternativa, como el lector bien comprende.

Lo primero que hay que tener presente es qué es un instrumento público, y aquí no hay dos pareceres: hay coincidencia que es aquel documento en que tiene (i) presencia un funcionario público; (ii) que ese funcionario actúa dentro del ámbito de sus competencias; y (iii) que el documento sea autorizado por el funcionario competente con las solemnidades legales.

Y esto arranca del Código Civil, que dice que “instrumento público o auténtico es el autorizado con las solemnidades legales por el competente funcionario.” (art. 1699, para los que aman los números). Y una solemnidad mínima exigible a un instrumento que proviene de una autoridad competente, es que venga firmado por la misma.

Les advierto, desde ya, que no sé si un Teniente Coronel de Carabineros es el competente funcionario para suscribir documentos que autorizan circular o no por determinados lugares. Asumo que sí, pero a veces sorpresas nos da la vida, y en un recóndito lugar de la memoria, creo encontrar el recuerdo que dice que en caso de epidemia, el Presidente de la República tiene facultades extraordinarias para controlar la circulación de las personas, y asumo que existe algún instrumento jurídico por el cual el Presidente le delegó esa competencia a Carabineros.

Pero no es ese punto al que quiero entrar, sino que a otro diferente: el de las solemnidades legales con que debe contar un instrumento público, para ser considerado como tal.

Al respecto, recordemos cómo eran los permisos que extendía Comisaría Virtual: son documentos electrónicos en formato PDF, que te mandan por correo electrónico después que completas un formulario, y que al final del texto trae la imagen de un firma manuscrita, el nombre del titular de esa firma, la imagen de un timbre o sello de Carabineros de Chile y una imagen QR y un código para hacer la verificación de la autenticidad del documento.

Entonces, como es un documento electrónico, el análisis hay que hacerlo teniendo a la vista la Ley Nº 19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. Y esa ley dice que es firma electrónica “cualquier sonido, símbolo o proceso electrónico, que permite al receptor de un documento electrónico identificar al menos formalmente a su autor”; entonces, el garrapato con un nombre que aparece al final del documento es una firma electrónica, pues permite identificar al menos formalmente a su autor.

Luego, veo en el artículo 3º de esa misma ley, que “Los actos y contratos otorgados o celebrados por personas naturales o jurídicas, suscritos por medio de firma electrónica, serán válidos de la misma manera y producirán los mismos efectos que los celebrados por escrito y en soporte de papel».

¡Estupendo!, pensé: el documento firmado digitalmente es tan válido y produce los mismos efectos que los de papel.

Pero luego llego al artículo siguiente: “Artículo 4º.- Los documentos electrónicos que tengan la calidad de instrumento público, deberán suscribirse mediante firma electrónica avanzada.”

Es decir que los certificados de Comisaría Virtual, para ser considerados instrumentos públicos, por expresa e inequívoca disposición de la ley, deben estar firmados con Firma Electrónica Avanzada.

¿Y cuál es la Firma Electrónica Avanzada? Es aquella certificada por un prestador acreditado ante la Subsecretaría de Economía.

Pero si revisamos el documento, descubriremos que no está firmado con Firma Electrónica Avanzada, pues la firma de quien lo suscribe no está certificada por ninguna de las siete entidades acreditadas en nuestro país para realizar dicha actuación (como son e-CertChile, Acepta.com, e-Sign, BPO y otras).

Las consecuencias se decantan por si solas: como el documento electrónico que emite Comisaría Virtual no está suscrito con Firma Electrónica Avanzada, entonces no es instrumento público, y si no es instrumento público, no hay delito de uso malicioso de instrumento público falso, sea lo que sea lo que opine la Corte de Apelaciones de Antofagasta, que ha anulado y ordenado repetir un juicio que, razonablemente, debería llegar al mismo resultado, salvo que la Fiscalía opte por imputarle también otros delitos.

Por supuesto, nunca estaré de acuerdo con quienes adulteren permisos para violar cuarentenas establecidas para salvaguardar la salud pública, pero tampoco es válido que, en nombre de circunstancias excepcionales, se tire por la borda todos los sacrificios que hay detrás del principio cardinal de que no hay delito ni pena sin ley previa que la establezca expresamente.

 

  • Acerca del Autor (Carlos Reusser)
  • Más Notas del Autor
Carlos Reusser:
Cañetino. Abogado, Univ. de Chile. Magíster Derecho Constitucional, PUC. Máster en Informática y Derecho y Especialista en Derechos Humanos, Univ. Complutense de Madrid. Profesor de Derecho de la Información, Univ. Alberto Hurtado. Lea algunas de sus columnas en www.derechoinformatico.cl

CASO DESTITUCIÓN DE SENADORA ALLENDE POR VENTA DE CASA DE SU PADRE, EXPLICACIÓN EN SIMPLE

  • 09-04-25

A PROPÓSITO DE PRINCESAS: LÍMITES DE LA VIDEOVIGILANCIA EN CENTROS COMERCIALES

  • 02-04-25

¿POR QUÉ LAS PATENTES DE LOS AUTOMÓVILES SON DATOS PERSONALES?

  • 19-06-24

VULNERACIÓN DE LA LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS: EL EDIFICIO COSTANERA CENTER

  • 04-05-24


*** SIN COMENTARIOS INGRESADOS***


Deje su Comentario Su dirección de correo electrónico, IP desde donde escribe y su comentario podría ser publicado.

  
 
  
 
  
 
  
 
     Digite el valor   Codigo seguridad
 
Por favor complete los campos con (*)

  • Lo Más Leido
  • Lo Último
  • CURANILAHUE DIGITAL: MUNICIPIO ACTIVA APLICACIÓN PARA OFRECER MÚLTIPLES SERVICIOS EN LÍNEA

    • 12-05-2023
    • 23007
  • POR PRIMERA VEZ CURANILAHUE CONTARÁ CON UN PLAN DE DESARROLLO TURÍSTICO COMUNAL

    • 04-01-2023
    • 22315
  • FESTIVAL INTERNACIONAL DE CINE DE LEBU ANUNCIA DOBLE FECHA Y ENTREGA LISTADO DE CORTOS CHILENOS QUE ASPIRAN A LOS OSCAR

    • 26-12-2022
    • 17268
  • FAMILIAS DE CURANILAHUE BUSCAN EMPRENDER CON TALLER DE ECO DETERGENTES

    • 30-08-2024
    • 16403
  • LEBU CONTARÁ CON CENTRO DE MEDIACIÓN COMUNITARIA

    • 24-08-2024
    • 16092
  • REUNIÓN CON DIRECCIÓN DE OBRAS HIDRÁULICAS PERMITE AVANCES EN SECTORES RURALES

    • 18-08-2024
    • 14154
  • CONSEJO REGIONAL BIOBÍO APRUEBA MODIFICACIÓN EN PLAN REGULADOR DE LEBU

    • 29-05-2024
    • 13575
  • EN MEDIO DE LA CATÁSTROFE, PORTAL DE CURANILAHUE RESISTIÓ LAS INCLEMENCIAS DEL TEMPORAL

    • 22-06-2024
    • 13309
  • LEBU TAMBIÉN TIENE SU REPRESENTANTE PARA EL MUNDIAL DE KARATE DE JAPON 2024

    • 23-05-2024
    • 13145
  • LA EMPRESA ARAUCO FUE EN APOYO DEL LICEO POLITÉCNICO DE CURANILAHUE TRAS EL IMPACTO DEL FRENTE DE MAL TIEMPO

    • 21-06-2024
    • 12976
  • FONDO DE SERCOTEC ENTREGARÁ A SUBSIDIOS DE HASTA $20 MILLONES A COOPERATIVAS DEL BIOBÍO

    • 18-05-2025
    • 130
  • 49 EMPRENDEDORAS DEL BIOBÍO SE UNEN A INCUBAUDEC A TRAVÉS DE 'CONECTADAS 360'

    • 18-05-2025
    • 162
  • VUELVEN A ENCONTRAR EN CONCEPCIÓN HONGO CON PARENTESCO ANCESTRAL CON LAS TRUFAS

    • 18-05-2025
    • 151
  • EJÉRCITO DE CHILE ADQUIERE CAMIONES PESADOS PARA TRANSPORTE DE PERSONAL

    • 18-05-2025
    • 155
  • UN MAL GRABADO DE PATENTE PUEDE SER MOTIVO DE MULTAS HASTA LA RETENCIÓN DEL VEHÍCULO

    • 17-05-2025
    • 154
  • TRAS PASO DE TEMPORAL FRONTEL MANTIENE NORMALIDAD DEL SUMINISTRO ELÉCTRICO PARA EL 98% DE SUS CLIENTES EN LA REGIÓN

    • 17-05-2025
    • 167
  • LEBU Y MACUL AVANZAN EN ALIANZA ESTRATÉGICA PARA FORTALECER GESTIÓN MUNICIPAL Y DE SALUD

    • 17-05-2025
    • 187
  • LA EPOPEYA DE IQUIQUE Y SU SIGNIFICADO: UNA MIRADA DEL AÑO 1932

    • 17-05-2025
    • 197
  • ¡SÉ PARTE DEL DESFILE DEL 21 DE MAYO!

    • 16-05-2025
    • 359
  • PROVINCIA DE ARAUCO SUMA 2.018 VIVIENDAS EDIFICADAS, SE PROYECTA A MARZO DE 2026 EL DOBLE DE LA META INICIAL

    • 16-05-2025
    • 303
Anuncio Publicitario
Anuncio Publicitario
Anuncio Publicitario

Avisos Legales

  • 06-02-25

    • EXTRACTO DEL PROCESO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA PARA ACTUALIZAR PLAN REGULADOR DE CURANILAHUE
  • 15-10-24

    • AVISO DE REMATE DE DERECHOS DE APROVECHAMIENTO DE AGUAS POR PATENTES IMPAGAS 2024, CAÑETE [SEGUNDA PUBLICACIÓN]
  • 15-10-24

    • AVISO DE REMATE DE DERECHOS DE APROVECHAMIENTO DE AGUAS POR PATENTES IMPAGAS 2024, LEBU [SEGUNDA PUBLICACIÓN]
  • 15-10-24

    • AVISO DE REMATE DE DERECHOS DE APROVECHAMIENTO DE AGUAS POR PATENTES IMPAGAS 2024, CURANILAHUE [SEGUNDA PUBLICACIÓN]
  • 15-10-24

    • AVISO DE REMATE DE DERECHOS DE APROVECHAMIENTO DE AGUAS POR PATENTES IMPAGAS 2024, ARAUCO [SEGUNDA PUBLICACIÓN]
  • 08-10-24

    • AVISO DE REMATE DE DERECHOS DE APROVECHAMIENTO DE AGUAS POR PATENTES IMPAGAS 2024, LEBU [PRIMERA PUBLICACIÓN]
  • 08-10-24

    • AVISO DE REMATE DE DERECHOS DE APROVECHAMIENTO DE AGUAS POR PATENTES IMPAGAS 2024, CAÑETE [PRIMERA PUBLICACIÓN]
  • 08-10-24

    • AVISO DE REMATE DE DERECHOS DE APROVECHAMIENTO DE AGUAS POR PATENTES IMPAGAS 2024, ARAUCO [PRIMERA PUBLICACIÓN]
  • 08-10-24

    • AVISO DE REMATE DE DERECHOS DE APROVECHAMIENTO DE AGUAS POR PATENTES IMPAGAS 2024, CURANILAHUE [PRIMERA PUBLICACIÓN]
  • 22-08-24

    • CITACION ASAMBLEA GENERAL DE SOCIOS ORDINARIA DE COOPERATIVA AGRÍCOLA
Anuncio Publicitario
Anuncio Publicitario
Anuncio Publicitario

Video Destacado

Pewen Mapu Kimun (English trailer).

  • 17 nov 2020

Pewen Mapu Kimun (English trailer).

This film provides a visual metaphor between water and knowledge, a reflection to look at nature and its eternal wisdom.
It is a contemplative testimonial, with sequences of mountains, forests and water reserves of the Pewenche territory (Chile).

Anuncio Publicitario
Anuncio Publicitario
Anuncio Publicitario

Notas de Turismo

  • DOCENTES DE LA CARRERA TÉCNICO UNIVERSITARIO EN GASTRONOMÍA INTERCULTURAL UCSC, PARTEN A PASANTÍA EN MÉXICO

    • 14-05-25
    • 574
  • VECINAS DE PUNTA LAVAPIÉ FORTALECEN SU IDENTIDAD CULINARIA CON CURSO DE GASTRONOMÍA

    • 14-05-25
    • 431
  • MASTERCARD Y FEDETUR SE UNEN PARA IMPULSAR UN TURISMO SOSTENIBLE E INNOVADOR

    • 17-03-25
    • 2196
  • 'VIAJAR Y COMER', LA PRIMERA GUÍA GASTRONÓMICA DE COPEC QUE INVITA A EXPLORAR CHILE A TRAVÉS DE SU COCINA

    • 12-02-25
    • 3423
  • SUBSECRETARIA DE TURISMO VISITA RALCO, EL ÚNICO DESTINO CHILENO PREMIADO POR ONU TURISMO

    • 04-02-25
    • 3461
Anuncio Publicitario
Anuncio Publicitario
Anuncio Publicitario

Acerca de Lanalhue Noticias

Lanalhue Noticas, nace como un "Periódico Ciudadano" en enero de 2001, considerado el más antiguo de Chile en ese género.

Actualmente es un Diario Provincial con noticias orientadas a la Provincia de Arauco de la región del Biobío - Chile.

Redes Sociales

Publireportajes

  • Redacción

    UN MAL GRABADO DE PATENTE PUEDE SER MOTIVO DE MULTAS HASTA LA RETENCIÓN DEL VEHÍCULO

    • 17-05-2025
    • 154
  • Redacción

    'EL VINO SIN ALCOHOL ES UN COMPLEMENTO AL VINO TRADICIONAL'

    • 25-02-2025
    • 2959
  • Redacción

    PARCELAS DEL SUR DE CHILE: EL LUGAR PARA LOS NÓMADES DIGITALES

    • 04-02-2025
    • 3600
  • Redacción

    AERONAVES DE ALTO IMPACTO: AIRCRANES Y SUPERPUMAS REFUERZAN LA BATALLA CONTRA EL FUEGO EN CHILE

    • 05-01-2025
    • 4556

Otras Secciones

  • Municipalidad 731
  • Gobierno601
  • Política519
  • Municipalidad 505
  • Economía466
  • Miscelánea389
  • Cañete388
  • Cultura341
  • Senador A. Nav323
  • Forestal311
  • Educación283
  • Senador Pérez281

Atractivos del Territorio

gentileza: Witran Studio

© COPYRIGHT 2021 lanalhuenoticias.cl

  • Portada
  • Quienes Somos
  • Política de Privacidad
  • Contactenos