En el Juzgado de Letras y Garantía con competencia en Familia de Curanilahue se realizó una audiencia de medida cautelar en favor de niño de 6 años, quien fue enviado por su madre, A.C.O.C., solo en un bus a la comuna a Cañete.
En la audiencia, la magistrada Ana Elizabeth Pino Parra ordenó que el menor quede al cuidado provisorio de una tía materna, ante la negligencia grave en que habría incurrido su madre.
Finalmente, el tribunal se declaró incompetente y remitió los antecedentes al Juzgado de Letras y Familia de Arauco, comuna en que la madre y el niño tienen domicilio y por existir, en dicho tribunal una causa previa.
Asimismo, en forma anterior, se desarrolló en el mismo tribunal, audiencia de formalización por el presunto delito de consumado de obstrucción a la investigación. Ilícito que A.C.O.C. habría perpetrado el lunes 10 de julio recién pasado.
En dicha audiencia (causa rol 439-2023), la magistrada Pino Parra decretó ilegal la detención de A.C.O.C., al considerar que la fiscalía no explicó adecuadamente cuál indagatoria habría entorpecido la imputada. Además, fijó en tres meses el plazo de investigación. Asimismo, no se decretaron medidas cautelares, al no haber sido solicitadas.
Según el ente persecutor, alrededor de las 16:50 horas del lunes 10 de julio de 2023, A.C.O.C. denunció ante la Cuarta Comisaría de Carabineros de Curanilahue, el supuesto extravío de su hijo en el sector céntrico de la ciudad, aportando antecedentes falsos que dieron origen a operativos de búsqueda en diversas comunas de la zona, por el posible secuestro o sustracción del menor.
Finalmente, alrededor de las 22:15 horas de la jornada, se tomó conocimiento de que el niño se encontraba en la ciudad de Victoria, en la Región de La Araucanía, bajo el cuidado de K.P.C. Ante esta información, la madre confesó que había enviado a su hijo solo, a bordo de un bus, con dirección a Cañete, lugar donde lo esperaba K.P.C.
"Este artículo describe un proceso judicial en curso. Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra."
Fuente
Paolo Macchiavello C.
Dirección de Comunicaciones del Poder Judicial
Corte de Apelaciones de Concepción
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