La entidad, que estará compuesta por representantes de las distintas organizaciones sociales de la comuna, busca fomentar la participación de los lebulenses en las decisiones de interés general de la ciudadanía.
Con el objetivo de incentivar la participación ciudadana en decisiones de interés comunal, se conformará el Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil de Lebu, (COSOC), órgano que será presidido por representantes de la comunidad organizada, los que serán sometidos a un proceso eleccionario, esto en virtud de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.
La finalidad del COSOC, es actuar como una entidad asesora de la Municipalidad de Lebu, la que estará compuesta por 12 miembros de organizaciones comunitarias territoriales y funcionales, tres representantes de organizaciones de interés público, un ministro de fe y el alcalde.
Sobre esto, el director de Dideco de la Municipalidad de Lebu, Jaime Candia Echeverría, se refirió a la importancia de implementar este consejo en la comuna.
"Durante mucho tiempo se tuvo la sensación de que los niveles y los espacios de participación no eran los más adecuados para integrar a la comunidad en las decisiones. Es por esto que se ha llevado a cabo esta iniciativa, cuyo objetivo apunta a empoderar a la ciudadanía sobre las decisiones y sobre la planificación de nuestra comuna. Con esto, se estaría evitando la sensación de que planifican otros y otros deciden por mí. Por esto, como Municipalidad de Lebu, hacemos un llamado a las distintas instituciones y organizaciones sociales a que se informen y a que se acerquen al municipio para ser parte del Consejo Comunal de la Sociedad Civil en Lebu, el que reitero, permitirá el empoderamiento de los ciudadanos", enfatizó Candia.
Algunas de las atribuciones que tendrá el Consejo, serán pronunciarse sobre la eficiencia de los servicios municipales, los presupuestos de inversión, el plan comunal de desarrollo y modificaciones al Plan Regulador. Además podrán formular observaciones sobre las propuestas de de asignación o modificación de bienes municipales y nacionales de uso público que se encuentren bajo la administración de la municipalidad, entre otras.
Los requisitos para ser candidato a consejero es tener 18 años de edad; tener al menos 1 año de antigüedad en su organización; ser chileno o avecindado en el país; no haber sido condenado por delito que merezca pena aflictiva; y haber sido ratificado por su organización a través de un acta de sesión ordinaria o extraordinaria.
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