Durante el debate de Sala se destacaron aspectos como corresponsabilidad social, la humanización de la relación laboral, la protección a los menores desde la gestación y el importante cambio cultural. La moción recibirá indicaciones hasta el 11 de julio.
Establecer el derecho de la madre trabajadora, del padre trabajador o de la persona trabajadora significativa para la madre, para asistir -en el horario laboral- a controles médicos prenatales y a los controles pediátricos mensuales, es el objetivo del proyecto de ley recientemente respaldado en general, y por la unanimidad, por la Sala del Senado.
El texto -que se encuentra en su primer trámite constitucional y que fue presentado por las senadoras Carmen Gloria Aravena y Loreto Carvajal, y de las exsenadoras Marcela Sabat, Carolina Goic y Adriana Muñoz- recibirá indicaciones hasta el lunes 11 de julio al medio día.
Aspectos como la corresponsabilidad social, la humanización de la relación laboral, la protección a los menores desde la gestación y el importante cambio cultural, fueron destacados durante el debate, oportunidad en la que el senador Luciano Cruz-Coke, presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, instancia que estudió la moción, detalló que se espera que en su trámite en particular sea perfeccionado y se incluyan los aspectos advertidos durante las sesiones. Además, hizo presente que aguarda que prontamente se despache, además, el proyecto de sala cuna universal.
Todo esto, teniendo presente que según estudios una embarazada debe tener un mínimo de 7 controles y 3 ecografías, y con este proyecto ya no dependerá de la buena voluntad del empleador, sino que estará asegurado por ley, se destacó.
En concreto, se modifica el Código del Trabajo, para que “tanto la mujer embarazada como el padre o la persona significativa para ella tendrán derecho a un permiso de dos horas al mes, para controles médicos prenatales durante la gestación y ecografías propias del embarazo”.
Asimismo, se establece que, durante el descanso postnatal de la madre, tendrá derecho a un permiso mensual de dos horas, el padre o persona significativa para la madre, para acompañar a la madre y al niño o niña al control pediátrico mensual.
Una vez terminado el descanso postnatal de la madre, ella gozará de este mismo permiso para el control del niño o niña a sus 8 meses, 12 meses y 18 meses. Dicho permiso podrá ser transferido al otro progenitor o persona significativa.
Quien detente el cuidado personal del niño o la niña podrá hacer uso del permiso para este fin desde los 2 años de vida, una vez al año, hasta los 9 años de vida del menor. Este permiso podrá ser transferido al otro progenitor, o persona significativa de quien detente el cuidado personal.
Para el ejercicio de este derecho, tanto la trabajadora embarazada, como su persona significativa deberán dar aviso al empleador del ejercicio del derecho con una semana de anticipación a la realización del control u ecografía. Asimismo, deberán presentar, con posterioridad a estos, los comprobantes suficientes que acrediten que dicho control o ecografía fue realizada en el día y hora estipulada, o bien, los fundamentos de que se haya realizado en un día u hora distinto, por causa ajena a la madre embarazada o a la persona significativa.
El tiempo que los trabajadores se ausenten por estos motivos, será considerado como trabajado para los efectos legales. El permiso no podrá ser compensado en dinero.
Senador Enrique Van Rysselberghe:
“Es evidente que nuestra sociedad ha cambiado significativamente, siendo hoy un deber de la pareja el participar activamente en el embarazo y en el cuidado y crianza, rompiendo el estereotipo”.
Senadora Claudia Pascual:
“Este proyecto basa su propuesta en el principio de corresponsabilidad del cuidado de hijos e hijas y persigue avanzar en la plana autonomía de las mujeres y en la participación del cuidado de los menores entre padres, familiares y empleadores. (…) Es fundamental que en particular se asegure no vulnerar el principio de confidencialidad medico paciente, al presentar los exámenes”.
Senador Iván Moreira:
“Estas son las cosas que importante verdaderamente a la ciudadanía. Los partidarios de la vida tenemos que ser coherente con lo que planteamos (…) No sirve tener un sistema de salud que entregue cuidado preventivo, si a la vez no se proveen los espacios para que puedan llevar al hijo o hija a los controles de salud”.
Senador Lucianco Cruz-Coke:
“Tendiendo siempre como principal foco el promover el acceso a las mujeres al trabajo, en igualdad, buscamos la corresponsabilidad parental y que se ponga en el centro el buen y temprano desarrollo de los niños, humanizando el vínculo laboral”.
Gustavo Sanhueza:
“Valoro el principio del proyecto que busca mayor dignidad labora a madres y padres y la tranquilidad de contar con este espacio, más allá de la mera voluntad del empleador. Destaco, además, que la iniciativa recoge el principio de corresponsabilidad familiar”.
Senadora Ximena Órdenes:
“La corresponsabilidad es la participación activa, equitativa y permanente de ambos padres -vivan juntos o separados- en la crianza. Principio que ha sido tan esquivo para las mujeres y hoy esta permeando a los hombres, pero todavía no se trata de algo generalizado”.
Senadora Carmen Gloria Aravena:
“Siendo coatura de este proyecto, destaco que no solo es importante para la corresponsabilidad, sino que también para la salud de los niños. Muchas madres cuidan sus trabajos, porque sabemos que pedir permiso para cuidar a nuestros hijos tiene consecuencia, por lo que esto vienen a ser un avance importante”.
Senador José Miguel Durana:
“Concuerdo plenamente con el objetivo, no obstante, en particular se debe afinar la definición de persona significativa, en quién recae, para asegurar la corresponsabilidad (…) y decidir si los costos del permiso serán para el empleador o de seguridad social”.
Senador Rodrigo Galilea:
“Quiero valorar este proyecto que apunta a dos temas profundos de abordar: la corresponsabilidad entre los padres y el ir quitando de la legislación laboral todo aquellos que apunte a sobrecargar y discriminar la posibilidad de contratación de las mujeres”.
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