El proyecto presentado por el senador Alejandro Navarro, propone que, durante el lapso de tiempo, las empresas no podrán ordenar ni ejecutar la suspensión de los servicios de distribución, sean personas naturales, organizaciones sin fines de lucro, hospitales, cárceles, hogares de menores en riesgo social, abandono o compromiso delictual, bomberos, y a empresas de menor tamaño de acuerdo a lo establecido en la ley 20.416, por no pago de cuentas.
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