La Corte de Apelaciones de Concepción revocó hoy –sábado 8 de junio– la resolución impugnada y dejó sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva a Aurelio Osvaldo Contreras Luengo, imputado por el Ministerio Público como autor de los delitos consumado de tráfico de drogas y tenencia de municiones. Ilícitos perpetrados el jueves recién pasado, en la comuna de Cañete.
En fallo unánime (causa rol 1.154-2024), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por la ministra Carola Rivas Vargas y los ministros Rafael Andrade Díaz y Juan Ángel Muñoz López– ordenó la prisión preventiva de Contreras Luengo por considerar que la libertad del imputado constituye en peligro para la seguridad de la sociedad.
“Que, a juicio de esta Corte, los antecedentes expuestos por el Ministerio Público, constituyen elementos suficientes que justifican, hasta ahora y tal como se expresa en la resolución del a quo, el delito por el cual ha sido formalizado y también, su participación en calidad de autor”, consigna el fallo.
“Que, en cuanto a la necesidad de cautela, la defensa justifica una cautelar de menor intensidad a la prisión preventiva, por cuanto el imputado no tiene antecedentes penales y además, declara y colabora con la investigación; sin embargo, cabe considerar que concurren, circunstancias objetivas para estimar que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad atendido que ha sido formalizado por dos delitos, uno de ellos tiene asignada una pena de crimen; a lo que se suma la circunstancia de haberse incautado una cantidad considerable de droga (2 kilos 257 gramos de marihuana); por lo que, a juicio de esta Corte, es la prisión preventiva la medida cautelar que resulta proporcional para satisfacer los fines del procedimiento”.
Por tanto, se resuelve que: “SE REVOCA la resolución dictada en audiencia de siete de junio en curso, por el Juzgado de Garantía de Cañete, que negó la medida cautelar de prisión preventiva al imputado AURELIO OSVALDO CONTRERAS LUENGO decidiéndose, en su lugar que se le impone dicha medida solicitada por el Ministerio Público”.
"Esta Corte de Apelaciones decidió revocar la decisión del Juzgado de Garantía de Cañete que impuso al imputado Aurelio Contreras Luengo, la medida cautelar de arresto domiciliario total. En su lugar, la Corte determinó procedente la prisión preventiva por cuanto el mencionado imputado lo ha sido por dos delitos: tráfico de estupefacientes y tenencia y posesión de municiones, por lo tanto, existen circunstancias objetivas que permiten estimar que su libertad es un peligro para la seguridad de la sociedad, haciendo procedente la cautelar más gravosa como es la prisión preventiva", expresó la ministra Rivas.
"Este artículo describe un proceso judicial en curso. Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra."
Fuente:
Paolo Macchiavello C.
Dirección de Comunicaciones del Poder Judicial
Corte de Apelaciones de Concepción
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